Consejo de Cuenca
Es la instancia consultiva y representativa de todos los actores que viven y desarrollan actividades dentro de una cuenca hidrográfica (Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015).
Pueden participar en el consejo de cuenca las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, así como las comunidades indígenas, campesinas y afrodescendientes, que se encuentren asentadas en la respectiva cuenca hidrográfica.
- Aportar información disponible sobre la situación general de la cuenca.
- Participar en las fases del Plan de Ordenación de la cuenca de conformidad con los lineamientos que defina el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- Servir de espacio de consulta en las diferentes fases del proceso de ordenación y manejo de la cuenca, con énfasis en la fase prospectiva.
- Servir de canal para la presentación de recomendaciones y observaciones en las diferentes fases del proceso de ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica declarada en ordenación, por parte de las personas naturales y jurídicas asentadas en la misma.
- Divulgar permanentemente con sus respectivas comunidades o sectores a quienes representan, los avances en las fases del proceso de ordenación y manejo de la cuenca.
- Proponer mecanismos de financiación de los programas, proyectos y actividades definidos en la fase de formulación del plan.
- Hacer acompañamiento a la ejecución del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca.
- Elaborar su propio reglamento en un plazo de tres (3) meses contados a partir de su instalación.
- Contribuir con alternativas de solución en los procesos de manejo de conflictos en relación con la formulación o ajuste del POMCA y de la administración de los recursos naturales renovables de dicha cuenca. Cap. V, Art. 50, Res. 0509 del 21 mayo de 2013.
Gobernaciones
Gobernación de Cundinamarca
Gobernación del meta
Alcaldías
Alcaldía de Fómeque
Alcaldía de Cáqueza
Alcaldía de Guayabetal
Organizaciones productivas
Aceites manuelita S.A.
Gravas y arenas para concreto S.A. – gravicón
Organizaciones no gubernamentales – ong’s
Asociación de ong’s ambientales de Acacías – aso ambiéntales.
Asociación empresarial para el desarrollo de la Orinoquia -asorinoquia
Juntas de acción comunal -JCA
Junta de acción comunal vereda la vigía
Junta de acción comunal vereda laberinto
Junta de acción comunal vereda san Cristóbal
Organizaciones sociales
Federación nacional de arroceros
Comisión Conjunta
Son instancias de coordinación que se conforman cuando dos o más Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible tengan jurisdicción sobre cuencas hidrográficas comunes, ya sea a nivel de una cuenca hidrográfica, de una subzona hidrográfica o su nivel subsiguiente (Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015).
- Acordar y establecer las políticas para la ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica compartida.
- Recomendar ajustes al Plan de Ordenación y Manejo la Cuenca Hidrográfica.
- Recomendar las directrices para la planificación y administración de los recursos naturales renovables de la cuenca hidrográfica común, en relación con los siguientes instrumentos:
– El ordenamiento del recurso hídrico
– La reglamentación de los usos del agua
– La reglamentación de vertimientos
– El acotamiento de rondas hídricas
– Los programas de legalización de usuarios.
– Programa monitoreo del recurso hídrico
– Los planes manejo ambiental de acuíferos
– Declaratoria de áreas protegidas
– El componente de riesgo a nivel de amenaza y vulnerabilidad.
– El plan de manejo ambiental microcuencas - Servir de escenario para el manejo de conflictos relacionados con los procesos formulación o ajuste del Plan de Ordenación y Manejo de la cuenca hidrográfica común y de administración de los recursos naturales renovables de dicha cuenca.
- Acordar estrategias para la aplicación de los instrumentos económicos en la cuenca hidrográfica común.
- Realizar anualmente el seguimiento y evaluación Plan Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica común.
- Elegir de manera rotativa el Secretario de la Comisión Conjunta y el término de su ejercicio.
- Definir el cronograma de reuniones
- Constituir el comité técnico.
- Concertar con Parques Nacionales Naturales de Colombia, en caso de confluencia de sus respectivas jurisdicciones, el proceso de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas.